LEGISLATURA: Sancionaron la Ley de acción de amparo

9 de junio |
Con la presidencia del Vicepresidente 1° de la Cámara, legislador Damián Löffler, la Legislatura fueguina sesionó con un orden del día de asunto de poco más de 150 proyectos. Durante el encuentro, sancionaron la Ley que establece la acción de amparo y expresaron el repudio legislativo a la determinación de la empresa chilena Transbordadora Austral Broom Ltda, por el cruce en el Estrecho de Magallanes. Además reconocieron a integrantes del Área Naval Austral (ANAU) y del patrullero oceánico ARA Piedrabuena.
 
 
 
INTEGRARON LAS SALAS ACUSADORA Y JUZGADORA
 
 
 
El Vicepresidente 1°, dispuso luego de la lectura del orden del día, el sorteo de los integrantes de las salas Acusadora y Juzgadora de juicio político, dispuesto en el artículo 116 del capítulo IV de juicio político la Constitución Provincial.
 
 
 
La Sala Acusadora quedó integrada por: Federico Bilota; Andrea Freites; Daniel Rivarola; Mónica Acosta; Liliana Martínez Allende; Pablo Villegas y Jorge Colazo.
 
 
 
En tanto, que la Sala Juzgadora, por: Ricardo Furlan, Myriam Martínez, Federico Greve, Emmanuel Trentino, Federico Sciurano, Damián Löffler, María Laura Colazo y María Victoria Vuoto.
 
 
 
 
 
SANCIONARON LEY SOBRE ACCIÓN DE AMPARO
 
 
 
La Legislatura fueguina sancionó por unanimidad, el asunto N° 053/22 –dictamen de Comisión de Justicia N° 6, asunto N° 142/23- que brinda la protección de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución nacional y demás tratados, conocida también como acción de amparo. Así, el legislador Pablo Villegas fundamentó sobre el particular.
 
 
 
Señaló al Recinto que la Ley sancionada busca brindar la protección eficaz de los derechos, garantías y libertades reconocidos en la Constitución Nacional, tratados internacionales de derechos humanos, Constitución provincial y las Leyes que los reglamenten. En este sentido, Villegas sostuvo que toda persona puede interponer acción de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra cualquier decisión, acto, hecho u omisión de una autoridad pública provincial o de particulares que en forma actual o inminente restrinja, altere, amenace o lesione con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta derechos o garantías reconocidos expresa o implícitamente por la Constitución Nacional, la Constitución provincial, tratado internacional o una Ley, con la excepción de la libertad corporal en la que corresponde la interposición del habeas corpus.
 
 
 
Al finalizar su exposición, saludó y agradeció a los integrantes de la Comisión de Justicia y letrados que aportaron a la redacción del texto.
 
 
 
CRUCE DEL ESTRECHO DE MAGALLANES
 
 
 
La totalidad de los bloques políticos, aprobaron el asunto N° 217/23 que repudia la decisión de la empresa chilena Transbordadora Austral Broomn Ltda. De no aceptar moneda de curso legal argentina a la hora de utilizar el servicio de cruce de ferry en el Estrecho de Magallanes.
 
 
 
“La única vía de comunicación terrestre entre la provincia de Tierra del Fuego dada nuestra condición insular, y la parte continental de nuestro territorio nacional, es mediante el paso fronterizo Integración Austral, siendo también obligatorio el cruce por el Estrecho de Magallanes y por ello inevitable tener que utilizar el ferry (barcaza), en este caso de la empresa chilena Transbordadora Austral Broom (TABSA), que paradójicamente también es el único medio de transporte posible para realizar el cruce, en pocas palabras tiene el monopolio”, sostienen en el articulado de la declaración aprobada.
 
 
 
En otro artículo, solicitan al Poder Ejecutivo fueguino arbitre las acciones necesarias para resolver el particular, y da intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación y a las presidencias de la Legislatura de Sata Cruz y del Parlamento Patagónico.
 
 

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